De acuerdo a lo contemplado en los Estatutos de la Asociación, en su Artículo No 28, se define como un organismo interno, integrado por los Ex Presidentes Nacionales de VEPA que hubiesen ejercido sus funciones durante un período completo (2 años) y/o por quienes hubiesen ejercido la condición de Presidente Nacional por un período mínimo de 18 meses. También lo integra el Presidente Nacional VEPA de turno.
Su razón de ser radica esencialmente en servir como ÓRGANO ASESOR de la dirigencia de VEPA COLOMBIA, velando por el estricto cumplimiento del Código de Ética profesional del Médico Veterinario asociado, según la Ley 576 del año 2000.
Hará presencia, por intermedio de uno de sus integrantes, en todas y cada una de las reuniones que realice la Junta Coordinadora Nacional (J.C.N.) de VEPA COLOMBIA, mediante invitación obligatoria que se debe cursar previamente por intermedio del Presidente Nacional de la Asociación o el Secretario de dicha Junta.
La Asamblea Delegataria Nacional de VEPA COLOMBIA, reunida en el mes de Noviembre del año 2016, en el municipio de La Tebaida (Quindío), aprobó la reglamentación del Artículo No 28 de los Estatutos, mediante la cual se determinó el funcionamiento del C.C.N.
Actualmente está integrado por trece (13) colegas y esperamos que los afiliados visiten el ítem respectivo en la página Web de VEPA COLOMBIA, bien sea para consultar la opinión de Ex Presidentes con respecto a diferentes temas gremiales, o para hacer preguntas y ventilar inquietudes que atañen con el buen funcionamiento gremial de nuestra Asociación.